{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "322" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "AMPLIACION DE DISPOSICIONES DESTINADAS A LA INCORPORACION DE MATERIAS PRIMAS DE LA TARIFA DE ADUANA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/06/15/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/06/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/06/1977" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1977 
  ,"pagina" : 1231 
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  ,"vistos" : "      Visto: la solicitud presentada por la firma Oscar H. López, tendiente\r\na que se amplíe el decreto de 5 de noviembre de 1958 y siguientes, por el\r\ncual se dispuso la inclusión en la Sección Materias Primas de la Tarifa de\r\nAduanas, bajo las condiciones establecidas para el Grupo \"C\", de las\r\n\"sustancias mucilaginosas de origen vegetal y agua (preparado líquido)\r\ndestinadas a la industria del papel y textil\", en el sentido de amparar a\r\nsustancias similares que sean utilizadas en la industria alimentaria.\r\n\r\n     Resultando: I) La firma mencionada informa que el producto que motiva\r\nesta solicitud, comercialmente denominado \"Flanogen\", constituye un\r\nextracto natural de carragenos (Musgo inglés) mezclado con galagtomanos\r\napto para el consumo humano;\r\n     II) La Dirección de Industrias informa que podrá accederse a lo\r\nsolicitado, manteniéndose dicho producto bajo las condiciones establecidas\r\npara el Grupo \"C\";\r\n     III) Las Divisiones de Análisis, Verificaciones y Contralor y la\r\nJunta de Aranceles de la Dirección Nacional de Aduanas están de acuerdo\r\ncon la ampliación del decreto de 5 de noviembre de 1958, en el sentido de\r\nque ampare también a los preparados líquidos o sólidos constituidos por\r\nsustancias mucilaginosas de origen vegetal y agua destinados a la\r\nindustria alimentaria, bajo las condiciones establecidas para el Grupo\r\n\"C\", lo cual es compartido por la Comisión Revisora de Materias Primas.\r\n\r\n     Considerando: de lo solicitado y de los asesoramientos recabados\r\nsurge que corresponde ampliar el decreto de fecha de 5 de noviembre de\r\n1958 en el sentido de que ampare a los preparados líquidos o sólidos\r\nconstituidos por sustancias mucilaginosas de origen vegetal y agua,\r\ndestinados a la industria alimentaria, bajo las condiciones establecidas\r\npara el Grupo \"C\".\r\n\r\n     Atento: a lo expuesto e informado por la Dirección de Industria,\r\nDirección Nacional de Aduanas y Comisión Revisora de Materias Primas,\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/322-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : " Amplíase, el decreto de 5 de noviembre de 1958 y ampliatorios de 10 de\r\nfebrero de 1960, 10 de enero de 1961 y 4 de octubre de 1962, por el que se\r\nincluyó en la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas bajo las\r\ncondiciones establecidas para el Grupo \"C\" las sustancias mucilaginosas de\r\norigen vegetal y agua, destinadas a la industria del papel y textil, en el\r\nsentido de que ampare a las que sean empleadas en la industria\r\nalimentaria, bajo las condiciones del Grupo \"C\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/322-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese y vuelva al Ministerio de Economía y Finanzas a\r\nsus efectos.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
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