{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "322" 
  ,"anioNorma" : 1965 
  ,"nombreNorma" : "FUNCIONARIOS. FONDOS DEL ESTADO. GARANTIAS DE FIDELIDAD" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1965/08/03/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/07/1965" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/08/1965" 
  , "vistos" : " Modifícase la escala de garantías de fidelidad, que deben ofrecer los funcionarios que recauden o administren fondos o valores del Estado, establecida por el artículo 1º del Decreto de fecha 16 de febrero de \r\n1939. " 
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  ,"firmantes" : "  " 
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