APROBACION DE LA RESOLUCION GMC 21/10. "CRITERIOS COMUNES DEL MERCOSUR PARA FACTORES DE CONVERSION PARA SUSTANCIAS CONTROLADAS NACIONALMENTE POR LOS ESTADOS PARTES QUE NO SON OBJETO DE CONTROL INTERNACIONAL"




Promulgación: 10/11/2014
Publicación: 17/11/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 854
Derogada/o por: Decreto Nº 382/023 de 22/11/2023 artículo 2.
VISTO: la Resolución GMC N° 21/10 de 15 de junio de 2010 del Grupo Mercado
Común del MERCOSUR, referida a Criterios Comunes del MERCOSUR para
factores de conversión para sustancias controladas nacionalmente por los
estados partes que no son objeto de control internacional";

CONSIDERANDO: I) que la estandarización de procedimientos entre los
Estados Partes fortalece el sistema regional de control y fiscalización de
las sustancias psicotrópicas, estupefacientes y precursoras no sujetas a
control internacional;

II) que la citada Resolución no contiene disposiciones que contradigan la
legislación y el orden público interno, correspondiendo en cumplimiento de
lo dispuesto en los Artículos 38, 40 y 42 del Protocolo Adicional citado,
declarar aplicable en el derecho interno la referida Resolución;

III) que dicha actualización, elevada por la División Sustancias
Controladas de la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud
Pública, cuenta con la aprobación de la División Normas e investigación de
dicha Secretaría de Estado, por lo que corresponde proceder en
consecuencia;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N°
9.202 -Orgánica de Salud Pública de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 321/014 de 10/11/2014 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 321/014 de 10/11/2014 artículo 2.

JOSÉ MUJICA - SUSANA MUÑIZ - LUIS PORTO
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