REGLAMENTACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL DE TRABAJO Nº 184 SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN LA AGRICULTURA




Promulgación: 09/07/2009
Publicación: 21/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 87
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.828 de 15/09/2004.

CAPITULO XI - TRABAJADORES JOVENES Y TRABAJO PELIGROSO

Artículo 93

 La edad mínima para desempeñar un trabajo en la agricultura que por su
naturaleza o las condiciones en que se ejecuta pudiera dañar la salud y
seguridad de los jóvenes no deberá ser inferior a los 18 años.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 94.
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