INCREMENTO DE CREDITO EN EL PLANILLADO ANEXO A LA LEY DE PRESUPUESTO N° 17.296. CENTRO DEPARTAMENTAL DE SALUD PUBLICA DE CANELONES




Promulgación: 21/08/2002
Publicación: 27/08/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 452
VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Salud Pública, 
solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se 
comprobaron en la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 
2001.-

RESULTANDO: que en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", Programa 
807 "Reducción de Cometidos no Prioritarios", Unidad Ejecutora 016 
"Centro Departamental de Salud Pública de Canelones", Financiación 1.1, 
por omisión no fue incluido en el Planillado Anexo a la Ley de 
Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el crédito 
correspondiente a las partidas necesarias para financiar las obligaciones 
inherentes a un incentivo al amparo del régimen de excedencias por 
reforma del Estado, originado en el inciso 3º del artículo 723º de la Ley 
Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.-

CONSIDERANDO: que es necesario efectuar la corrección de la referida 
omisión.-

ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la 
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la 
Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Increméntase, en el Planillado anexo a la Ley de Presupuesto Nº 17.296, 
de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado para los años 2002 a 2004, 
en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", Programa 807 "Reducción de 
Cometidos no Prioritarios", Unidad Ejecutora 016 "Centro Departamental de 
Salud Pública de Canelones", Financiación 1.1, según el siguiente 
detalle:
(moneda valor 1º de enero de 2000)
OBJETO                           IMPORTE
011                             9.472,oo
014                             1.922,oo
044.001                         4.579,oo
059                             1.331,oo
072                             4.835,oo
074                            10.183,oo
081                             3.374,oo
082                               173,oo
TOTAL                          35.869,oo

BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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