APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2020




Promulgación: 30/11/2020
Publicación: 08/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   SUBSIDIO A DIRECTORES. Creado por el artículo 35 del Acto Institucional No 9 del 23 de octubre y regulado por la Ley N° 15.900 de fecha 21 de octubre de 1987, con la modificación introducida por la Ley 16.195 del 16 de julio de 1991, sus modificativas, reglamentarias y complementarias y a lo dispuesto por la Ley N° 18.719 del 27/12/2010 artículos 65, 66 y 67 que establece sus actualizaciones.
   Los titulares de cargos políticos o de particular confianza que no hubieren configurado causal jubilatoria anticipada al momento de su desvinculación del Banco de Previsión Social, tendrán derecho a percibir durante un período equivalente al triple del que ocuparon el cargo y hasta un máximo de un año, computado desde la fecha de cese, un subsidio equivalente al 85% del total de haberes del cargo en actividad. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 78 (vigencia).
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