{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "320" 
  ,"anioNorma" : 2002 
  ,"nombreNorma" : "CERTIFICADO DE HABILITACION PARA EXPORTAR MERCADERIA\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2002/08/27/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/08/2002" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/08/2002" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2002 
  ,"pagina" : 451 
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  ,"vistos" : " VISTO: el Decreto Nº 228/002, de 18 de junio de 2002 que prorrogó el \r\nplazo de entrada en vigencia del artículo 5º del Decreto Nº 479/001, de 4 \r\nde diciembre de 2001.-\r\n\r\nRESULTANDO: que el sistema vigente para acreditar diversas exigencias \r\nformales en el trámite de exportación, la percepción de gravámenes y la \r\nemisión de certificados de beneficios de exportación continúa radicado en \r\nel Banco de la República Oriental del Uruguay.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que aún no ha finalizado la implementación de la \r\ntransferencia de algunas de estas funciones a la órbita de la Dirección \r\nNacional de Aduanas y de la Dirección General Impositiva.-\r\n\r\nII) que es necesario postergar el plazo previsto en la norma inicialmente \r\nreferida en el Visto del presente Decreto.-\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  Prorrógase hasta el 31 de octubre de 2002 el plazo previsto en el \r\nDecreto Nº 228/002, de 18 de junio de 2002.- (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Decreto Nº 417/002 de 30/10/2002 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/417-2002/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n " 
  } 
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  ,"firmantes" : " BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY\r\n\r\n\r\n " 
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