{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "320" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION AL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO MAYOR DEL EJERCITO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/07/28/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/07/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/07/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 189 
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  ,"vistos" : "    Visto: la gestión del Comando General del Ejército por la que se\r\nsolicita que la Fortaleza del Cerro, Fortaleza de Santa Teresa y Fuerte\r\nSan Miguel pasen a depender del Jefe del Departamento de Estudios\r\nHistóricos del Estado Mayor del Ejército.\r\n\r\n   Considerando: I) Que acorde al artículo 73, inciso \"e\" del decreto\r\n827/973, del 2 de octubre de 1973, el Departamento de Estudios Históricos\r\ndel Estado Mayor del Ejército es el responsable del control técnico de los\r\nMuseos Militares;\r\n\r\nII) Que las Fortalezas del Cerro, Santa Teresa y el Fuerte San Miguel han\r\nsido destinados a Museos Militares;\r\n\r\nIII) Que el dinámico funcionamiento de los Museos y Monumentos precisa de\r\nuna organización técnica en la materia que le sirva de base para atender\r\nal cuidado, ordenamiento, preparación de material a ser exhibido,\r\npublicaciones, intercambio, restauraciones, etc.;\r\n\r\nIV) Que el artículo 48 del decreto 827/973, del 2 de octubre de 1973\r\nestablece que: \"Ciertos Oficiales del Estado Mayor Especialista tienen una\r\nfunción dual, como Oficiales del mismo y como Comandantes de Tropa o Jefes\r\nde los Servicios Técnicos o Administrativos del Ejército. Estas dos\r\nfunciones de Estado Mayor y de Comando, son separadas y distintas en\r\nvirtud de que cada una apareja diferentes responsabilidades y deberes; el\r\nejercicio de una no deberá ser confundido con el de la otra. Sus funciones\r\ncomo integrante del Estado Mayor Especialista son coordinadas por el Jefe\r\ndel Estado Mayor del Ejército por intermedio de los Jefes de Departamento\r\ndel Estado Mayor Coordinados\";\r\n\r\nV) Que en la actualidad los Museos y Monumentos Militares se encuentran\r\nbajo la responsabilidad del SE.PA.M.M.E.\r\n\r\nAtento: al informe favorable del Asesor Letrado del Ministerio de Defensa\r\nNacional,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/320-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifíquese el inciso \"e\" del artículo 73 del decreto\r\n827/973, de fecha 2 de octubre del 1973 el que quedará redactado de la\r\nsiguiente manera: (*)\r\n\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/320-1981/1\" >Texto</a> (Reglamento de Organización y Funcionamiento del Estado Mayor \r\ndel Ejercito).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/320-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - WALTER RAVENNA\r\n " 
 }