COMERCIO EXTERIOR. IMPORTACIONES. EXONERACIONES TRIBUTARIAS




Promulgación: 22/07/1965
Publicación: 01/10/1965

Resumen:

Prorrógase por el término de ciento ochenta días, la exoneración de 
derechos aduaneros, tasas portuarias, depósitos previos, recargos y todo
otro tributo a la importación de máquinas y equipos para la producción
de virus aftosos destinados a la elaboración de vacunas antiaftósicas.

Artículo 1



		
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