DEROGACION DEL DECRETO 31/020, POR EL QUE SE DISPUSO LA VIGENCIA DEL ART. 129 DE LA LEY 19.678, RELATIVO AL MERCADO DE SEGUROS, A PARTIR DEL 1° DE MAYO DE 2020




Promulgación: 31/01/2020
Publicación: 07/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto CM/937 de fecha 27 de enero de 2020;

   RESULTANDO: que el citado Decreto estableció que lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley N° 19.678 de 26 de octubre de 2018, comenzará a regir a partir del 1° de mayo de 2020;

   CONSIDERANDO: que los avances logrados en la implementación de la modificación de la fórmula de cálculo de las primas correspondientes al seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales respecto de los dependientes de la actividad rural, por el Banco de Seguros del Estado y el Banco de Previsión Social, no hacen necesaria la postergación de la entrada en vigencia de la citada norma;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4) del artículo 168 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros
                                 DECRETA:

Artículo 1

   Derógase el Decreto CM/937 de fecha 27 de enero de 2020.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - RODOLFO NIN NOVOA - PABLO FERRERI - JOSÉ BAYARDI - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - GUILLERMO MONCECCHI -  NELSON LOUSTAUNAU - JORGE BASSO - ENZO BENECH - BENJAMÍN LIBEROFF - ENEIDA de LEÓN - MARINA ARISMENDI
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