Reglamentario/a de: Ley Nº 17.555 de 18/09/2002 artículos 43, 44 y 45.
Artículo 7
Criterios Generales.- En lo no previsto en el presente Decreto se
utilizarán si fueren compatibles y aplicables, los criterios establecidos
en el Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII de la OMC para
importación.