INCORPORACION DE TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL Y ENTES AUTONOMOS DE ENSEÑANZA AL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD




Promulgación: 18/01/2008
Publicación: 28/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 123

Artículo 2

 A partir de que se acojan al beneficio de la jubilación realizarán los
aportes establecidos en los Artículos 61º y 66º de la Ley Nº 18.211 de 5
de diciembre de 2007, sobre el total de los haberes jubilatorios por los
cuales se jubilan.
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