FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2000 - TRABAJADORES DOMESTICOS




Promulgación: 26/01/2000
Publicación: 02/02/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 266

Artículo 2

 Sin perjuicio de que los trabajadores domésticos estén exceptuados de
las normas de limitación de la jornada laboral cuando trabajen jornadas
parciales, el salario mínimo horario para el Departamento de Montevideo,
será $ 6,17 (pesos uruguayos seis con diecisiete) y para el interior $
5,89 (pesos uruguayos cinco con ochenta y nueve).
Referencias al artículo
Ayuda