Visto: la nota del Laboratorio de Análisis y Ensayos por la cual propone
la tipificación de Quesos de Pasta Azul, de producción nacional, con
vistas de someter las exportaciones de dichos productos al contralor de
calidad.
Resultando: que se trata de una variedad de queso que requiere una materia
prima de gran calidad y esmerada técnica de elaboración.
Considerando: que la tipificación proyectada se adecua a las normas
vigentes a nivel internacional y facilitará las ventas en el exterior de
productos de buena calidad.
Atento: a lo dispuesto por la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967,
El Presidente de la República
DECRETA:
A partir del 15 de abril de 1975, el Banco de la República Oriental del
Uruguay y la Dirección Nacional de Aduanas, no darán curso a las gestiones
de exportación del producto mencionado en el artículo anterior, sin la
presentación previa, por parte de las firmas exportadoras, del certificado
de calidad expedido por el Laboratorio de Análisis y Ensayos, conforme a
la tipificación aprobada por el presente decreto.