AUTORIZACION DE PAGO EXCEPCIONAL DE REPARACION INDEMNIZATORIA A FUNCIONARIOS DEL CASINO NOGARO, CONFORME AL ART.32 DEL DECRETO 354/018




Promulgación: 30/11/2020
Publicación: 04/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la situación de los funcionarios de la Dirección General de Casinos que se desempeñan en el Casino del Estado Nogaró;

   RESULTANDO: I) que a consecuencia de la pandemia originada en el virus COVID-19, por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas, de 15 de marzo de 2020 se dispuso el cierre de las salas de juego y casinos dependientes de la Dirección General de Casinos, la cual se extendió hasta el pasado 6 de agosto, fecha en la cual se dispuso la reapertura de dichos locales;

   II) que la remuneración de los funcionarios de la mencionada Unidad Ejecutora tiene un importante componente de contenido variable conforme a las ganancias obtenidas;

   III) que a fin de mitigar la pérdida salarial, se concedió a la totalidad de los funcionarios de la Dirección General de Casinos, la partida indemnizatoria contemplada al amparo de lo dispuesto por el artículo 32 del Decreto N° 354/018, de 26 de octubre de 2018;

   IV) que la citada norma prevé dos límites, uno temporal de 45 (cuarenta y cinco) días de remuneración, y otro económico, ya que dicha reparación no puede superar el equivalente al promedio de lo percibido por los funcionarios, esto es, al promedio de sus remuneraciones variables, considerando el mismo período del año inmediato anterior;

   V) que a consecuencia de la pandemia ocasionada por virus COVID--19, se ha utilizado la partida indemnizatoria señalada, siendo asimismo prorrogado su uso en dos ocasiones más, por los Decretos del Poder Ejecutivo N° 162/020 y 245/020 de 9 de junio y 2 de setiembre de 2020, respectivamente;

   VI) que la única sala que no abrió sus puertas fue la del Casino del Estado Nogaró, (el cual es explotado en el régimen denominado "sistema mixto"), por una decisión unilateral del arrendador VIDAPLAN S.A, quien impidió el acceso a las instalaciones del mismo a los funcionarios de la Dirección General de Casinos;

   VII) que la Dirección General de Casinos cuenta con la disponibilidad presupuestal a efectos de afrontar la aplicación del referido subsidio a los funcionarios del Casino del Estado Nogaró;

   CONSIDERANDO: I) que en razón del cierre unilateral dispuesto por VIDAPLAN S.A, ha operado una causa de "fuerza mayor", y como consecuencia es viable abonar la reparación indemnizatoria en los términos previstos por el artículo 32 del Decreto N° 354/018, de 26 de octubre de 2018;

   II) que para el cálculo de la reparación de los funcionarios afectados, se tomara el promedio de las partidas variables por la misma cantidad de días del mismo mes del año inmediato anterior, o su equivalente al grado asimilado en la misma sala u Oficina Central;

   III) que asimismo y a fin de conciliar la necesidad de otorgar el subsidio de la partida de referencia, la excepcionalidad de las circunstancias que motivan el cierre de las salas de juego y la política de ajuste del gasto, se entiende conveniente que el monto del subsidio a percibir sea de un porcentaje del 80% (ochenta por ciento);

   IV) que se ha consultado en forma previa a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, así como al Tribunal de Cuentas;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a la norma citada, a la opinión de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Tribunal de Cuentas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorizar en forma excepcional a la Dirección General de Casinos, a aplicar lo dispuesto en el artículo 32 del Decreto N° 354/018, de 26 de octubre de 2018, en caso de mantenerse el cierre del Casino del Estado Nogaró, siempre que dicho organismo tuviera disponibilidad financiera para atender la erogación resultante de la reparación indemnizatoria, por un término máximo de 45 (cuarenta y cinco) días a contabilizar a partir del 6 de agosto de 2020.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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