Ver vigencia: Decreto Nº 129/008 de 29/02/2008 artículo 1.
Inclúyese en el precio establecido en el artículo anterior el monto equivalente a la retención del Fondo de Financiamiento de la Actividad Lechera (FFAL) previsto en el Art. Nº 18 de la ley Nº 18.100, de 23 de febrero de 2007.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.