ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOS. DISPENSACION DE MEDICAMENTOS. REGULACION EN LA PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS. PROFESIONALES MEDICOS Y ODONTOLOGOS




Promulgación: 20/08/2002
Publicación: 26/08/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 434
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Los profesionales médicos u odontólogos que incumplan las reglas 
establecidas en el presente Decreto, serán pasibles de las sanciones 
previstas en la Ley 9.202 de 12 de enero de 1934.
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