{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"nombreNorma" : "TRANSFORMACION DE CARGOS Y CONTRATOS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS" 
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  ,"vistos" : " VISTO: que por Decreto Nº 3/994 de 7 de enero de 1994 se aprobó la \r\nasignación de cargos presupuestales y funciones contratadas de los \r\nfuncionarios de la Administración Nacional de Puertos.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que por resolución Nº 641/3163 de fecha 27 de setiembre de \r\n2000 el Directorio de dicha Administración y ante la gestión realizada \r\npor el funcionario de la misma, Sr. Gerardo Belo, resolvió propiciar ante \r\nel Poder Ejecutivo la transformación de 1 (un) cargo de Oficial de 2da. \r\nNivel 2 - del Renglón 1311.6 - 2311.6 Personal de Oficio en un cargo de \r\nOperador de Equipos I - Nivel 2 del Renglón 1311.4 - 2311.4 Personal \r\nEspecializado Portuario.\r\n\r\nII) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al expedirse al respecto \r\nmanifiesta: a) que la Sección Planificación Presupuestaria de la \r\nAdministración Nacional de Puertos en informe de fecha 16 de agosto de \r\n2000, expresa: a) que por aplicación del artículo 8º del Decreto Nº \r\n302/998 (Aprobatorio del Presupuesto 1999 de la Administración Nacional \r\nde Puertos) el Directorio puede efectuar transformaciones de cargos y \r\nfunciones que no supongan incremento de gastos, previo informe de la \r\nOficina de Planeamiento y Presupuesto, a los efectos de adecuar la \r\nestructura de cargos a las reales necesidades de la Empresa. Asimismo, \r\ndestaca que por la equivalencia en los precios de sueldo básico, el cargo \r\nde Oficial de 2da. Nivel 2 - del Renglón 1311.6 - 2311.6 Personal de \r\nOficio, se corresponde con el cargo de Operador Equipos I - Nivel 2 del \r\nRenglón 1311.4 - 2311.4 - Personal Especializado Portuario.\r\nb) que por lo expuesto precedentemente, se sugiere aprobar la \r\ntransformación de cargo solicitada, la que podrá ser puesta en práctica a \r\npartir de la vigencia del presente Decreto.\r\n\r\nIII) Que el Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y Obras \r\nPúblicas, al ser consultado al respecto expresa que puede procederse al \r\ndictado de la resolución pertinente.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto precedentemente.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  Modifícase el Decreto Nº 3/994 de fecha 7 de enero de 1994, por el que \r\nse aprobó la transformación de cargos presupuestales y funciones \r\ncontratadas de los funcionarios de la Administración Nacional de Puertos \r\ny ante la gestión formulada por el funcionario de la misma, Sr. Gerardo \r\nBelo, estableciéndose que 1 (un) cargo de Oficial de 2da. Nivel 2 - del \r\nRenglón 1311.6 - 2311.6 Personal de Oficio, debe entenderse transformado \r\nen 1 (un) cargo de Operador de Equipos I Nivel 2 - del Renglón 1311.4 - \r\n2311.4 Personal Especializado Portuario.\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Establécese que la transformación de dicho cargo se pondrá en práctica a \r\npartir de la fecha de vigencia del presente Decreto.\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "  Vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus efectos.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " BATLLE - LUCIO CACERES\r\n\r\n\r\n " 
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