FIJACION DE VIGENCIA RELATIVO AL REGIMEN DE PERCEPCION DE VIATICOS PARA LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 20/09/2012
Publicación: 27/09/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 868
VISTO: la modificación del régimen de percepción de viáticos del personal
de la Administración Central, regulada por lo establecido en el Decreto N°
279/012, de 24 de agosto de 2012.-

RESULTANDO: que las fechas establecidas por el Decreto citado en el visto,
tanto las de vigencia de valores como la de las derogaciones de normas
anteriores, provocan dificultades de implementación.-

CONSIDERANDO: I) que para su correcta aplicación corresponde dar vigencia
al valor de los viáticos con posterioridad de la fecha de la presente
modificación.-

II) que a efectos de evitar la existencia de normas que se contraponen en
un mismo período, es imprescindible, modificar la fecha de vigencia del
Decreto N° 279/012 citado.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 La vigencia de las modificaciones sobre percepción de viáticos para el
personal de la Administración, será a partir del 1° de setiembre de 2012.-

Artículo 2

 Modificase el acápite del artículo 20 del Decreto N° 279/012, de 24 de
agosto de 2012, estableciéndose que la nueva escala de viáticos, rige a
partir del 1° de setiembre de 2012.-

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese etc..-

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - 
ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - 
ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER
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