FIJACION DE LA PARTIDA PRESUPUESTAL A DISTRIBUIR POR LA COMISION ADMINISTRADORA DEL FONDO "FOMENTO A LA PRENSA DEL INTERIOR". EJERCICIO 1979




Promulgación: 04/06/1980
Publicación: 04/07/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1219
  Visto: la gestión de la Comisión Honoraria Administradora del "Fondo
Fomento a la Prensa del Interior", solicitando se determine el total a
distribuir por concepto de subsidio correspondiente al año 1979.

  Considerando: que de acuerdo al artículo 563 de la ley 14.189, de 30 de
abril de 1974, el Poder Ejecutivo debe fijar anualmente la cantidad a
utilizarse a los fines dispuestos por el artículo 62 de la ley 13.349, de
29 de julio de 1965.

  Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y las
Asesorías Jurídica y Técnico-Financiera del Ministerio de Economía y
Finanzas,

                      El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase en N$ 1:851.556,54 (un millón ochocientos cincuenta y un mil
quinientos cincuenta y seis nuevos pesos con 54/100), el monto a
distribuir por la Comisión Honoraria Administradora del "Fondo Fomento
a la Prensa del Interior", correspondiente a subsidio por el año 1979.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - FRANCISCO D. TOURREILLES
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