{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "316" 
  ,"anioNorma" : 2007 
  ,"nombreNorma" : "ADOPCION DE LA RESOLUCION GMC 29/02. REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE LOS DOCUMENTOS COMUNES NECESARIOS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTROPICAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2007/09/04/12" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/08/2007" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/09/2007" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2007 
  ,"pagina" : 480 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la resolución No. 29/02 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que por la misma se aprobó el documento denominado\r\n\"Reglamento Técnico MERCOSUR sobre los Documentos Comunes necesarios para\r\nla Importación y Exportación de Estupefacientes y Sustancias\r\npsicotrópicas\";\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que lo establecido en el Artículo 38° del Protocolo\r\nAdicional al Tratado de Ouro Preto -aprobado por la Ley No. 16.712 de 1º\r\nde setiembre de 1995, respecto de que los Estados Partes se comprometen a\r\nadoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos\r\nterritorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos\r\ncorrespondientes previstos en el Artículo 2º del referido Protocolo;\r\n\r\nII) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la\r\nRepública en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el derecho\r\npositivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en\r\nel VISTO;\r\n\r\nIII) que la Dirección General de la Salud y la División Productos de Salud\r\ndel Ministerio de Salud Pública no formulan objeciones a lo solicitado;\r\n\r\nATENTO: a lo preceptuado por el Artículo 1º y siguientes de la Ley No.\r\n9.202 -Orgánica de Salud Pública- de 12 de enero de 1934 y concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/316-2007/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Adóptase la resolución No. 29/02 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR,\r\npor la que se aprobó el \"REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE LOS DOCUMENTOS\r\nCOMUNES NECESARIOS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE ESTUPEFACIENTES Y\r\nSUSTANCIAS PSICOTROPICAS\", que se anexa al presente Decreto y forma parte\r\nintegral del mismo. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/316-2007/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/316-2007/2" 
 ,"textoArticulo" : "  El presente Decreto regirá a partir de su publicación en el Diario\r\nOficial.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/316-2007/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del\r\nMERCOSUR. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI -\r\nMARTIN PONCE DE LEON\r\n " 
 }