EXTENSION DE PRESTACIONES DE ASIGNACIONES FAMILIARES PARA HOGARES CON MENORES RECURSOS




Promulgación: 06/10/1999
Publicación: 15/10/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 937
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.139 Derogada/o de 16/07/1999.
Referencias a toda la norma

VISTO: lo dispuesto por la Ley Nº 17.139, de 16 de julio de 1999.-

RESULTANDO: que dicha Ley extiende las prestaciones de asignaciones
familiares, previstas en el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 15.084, de 28
de noviembre de 1980 a los hogares de menores recursos.-

CONSIDERANDO: I) que resulta conveniente reglamentar los aspectos
sustanciales de la Ley, para su inmediata puesta en práctica, en tanto se
analizan con mayor profundidad otros detalles de reglamentación no
imprescindibles a estos efectos, y que, además, no imposibilitan el logro
del objetivo legal.-

II) que la Ley que se reglamenta, continúa con la política diseñada por
el Poder Ejecutivo, al promover la sanción de la Ley Nº 16.697, de 25 de
abril de 1995.-

III) que tales acciones propenden a mejorar las condiciones de vida de
los hogares de menores recursos, dentro de la política general de dotar a
estos hogares de las facilidades necesarias para lograr la igualdad de
oportunidades de todos los habitantes de la República.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el artículo
168º, numeral 4) de la Constitución de la República.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

 Régimen general.- La extensión de la prestación referida en el artículo
2º del Decreto-Ley Nº 15.084, de 28 de noviembre de 1980, a todos los
hogares de menores recursos, se regirá en la forma y condiciones
establecidas en la Ley Nº 17.139, de 17 de julio de 1999, y el presente
Decreto Reglamentario.-

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA - LUIS MOSCA
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