{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "315" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DE UN GRUPO INTERMINISTERIAL CON EL OBJETIVO DE EVALUAR Y \r\nDEFINIR NUEVAS ORIENTACIONES ESTRATEGICAS EN MATERIA DE FABRICACION FORMULACION, COMERCIALIZACION Y UTILIZACION DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS\r\nEN EL PAIS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/09/13/13" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/09/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/09/2011" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2011 
  ,"pagina" : 647 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la necesidad de re-evaluar y eventualmente definir nuevas\r\norientaciones estratégicas en materia de fabricación/formulación,\r\ncomercialización y utilización de productos fitosanitarios en el país;\r\n\r\nRESULTANDO: que la normativa vigente en la materia se ha ido generando en\r\nel correr de los años con un abordaje exclusivamente sectorial y\r\nparcializado de la temática en cuestión;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) necesario contar con una pormenorizada evaluación de la\r\nnormativa antes indicada en un contexto interinstitucional a los efectos\r\nde determinar los cursos de acción sugeridos para un abordaje global de\r\nlos distintos componentes y actividades sujetas a regulación;\r\n\r\nII) que a tales efectos, es conveniente propiciar un ámbito formal con\r\nactiva participación de los sectores privados involucrados;\r\n\r\nATENTO: a las razones expuestas,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-2011/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Créase un Grupo de Trabajo interministerial que funcionará en la órbita\r\ndel Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y estará compuesto por\r\nlos representantes del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (quien\r\nlo coordinará), Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Vivienda,\r\nOrdenamiento Territorial y Medio Ambiente, Ministerio de Industria,\r\nEnergía y Minería, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de\r\nRelaciones Exteriores, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con el\r\nobjetivo de evaluar la normativa vigente que regula los productos\r\nfitosanitarios en los distintos niveles sectoriales y determinar los\r\ncursos de acción sugeridos respecto a las distintas actividades que\r\nameriten regularse.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-2011/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Sin que implique una enumeración taxativa, dicha evaluación deberá\r\nabordar específicamente los aspectos que a continuación se indican:\r\na) aspectos vinculados a la fabricación/formulación nacional de productos\r\nfitosanitarios.\r\nb) aspectos vinculados a la importación, exportación o cualquier otra\r\nforma de ingreso o egreso de productos fitosanitarios.\r\nc) aspectos vinculados al almacenaje y transporte.\r\nd) aspectos vinculados a las distintas etapas de la cadena de\r\ncomercialización.\r\ne) aspectos relacionados a la aplicación y utilización de productos\r\nfitosanitarios.\r\nf) aspectos de propiedad intelectual que deban considerarse con especial\r\nénfasis en la protección de la información.\r\ng) aspectos vinculados al registro y autorización de productos\r\nfitosanitarios.\r\nh) aspectos vinculados a los residuos.\r\ni) aspectos vinculados a los mecanismos de control.\r\nj) aspectos vinculados a las exoneraciones impositivas y aduaneras.\r\nk) aspectos vinculados a la ecotoxicología.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/315-2011/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-2011/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Efectuada la evaluación indicada en el artículo precedente ,deberán\r\ndeterminarse los cursos de acción sugeridos en cada caso incluyendo las\r\nmodificaciones normativas pertinentes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-2011/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Deberá convocarse para el trabajo de dicho Grupo a representantes del\r\nCentro de Información y Asesoramiento Toxicológico de la Universidad de la\r\nRepública, Congreso de Intendentes, PIT-CNT, Cámaras y agrupaciones\r\ninvolucradas con la temática en cuestión y representantes del sector\r\nproductivo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-2011/5" 
 ,"textoArticulo" : "  El trabajo encomendado a dicho Grupo, deberá concluirse en un plazo\r\nmáximo de seis meses contado a partir del día siguiente a la publicación\r\ndel presente decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-2011/6" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese y publíquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - TABARÉ AGUERRE - LUIS ALMAGRO - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - GRACIELA MUSLERA\r\n " 
 }