PLAN DE GESTION DE RESIDUOS DE ENVASES




Promulgación: 20/10/2010
Publicación: 27/10/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1055
VISTO: lo dispuesto por la Ley N° 17.849 de 29 de noviembre de 2004, su
decreto reglamentario de 23 de julio de 2007 y el Decreto 260/007 de 23 de
julio de 2007.

RESULTANDO: I) que el art. 2 del Decreto referido establece que toda
persona física o jurídica, propietaria o representante de una marca de
productos que se comercialicen en el mercado interno, comprendidos en el
alcance de dicha reglamentación, deberán estar inscriptos en el registro
que llevará la Dirección Nacional de Medio Ambiente a esos efectos, y
contar o adherir a un plan de gestión de residuos de envases, aprobados
por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;

II) que es muy importante el volumen de compras que efectúa el Estado de
productos que utilizan envases y que se encuentran alcanzados por el
Decreto ut supra mencionado;

III) que surge necesario que, cuando un organismo del Estado deba adquirir
ese tipo de productos, se exija el cumplimiento de tales requisitos, ya se
trate de productos nacionales o extranjeros.

CONSIDERANDO: que a tales efectos, esos requisitos deberán ser incluidos
en los pliegos licitatorios y cumplidos para las otras formas de adquirir
del Estado.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en la Ley N° 17.849
de 29 de noviembre de 2004, su Decreto Reglamentario de 23 de julio de
2007 y el Decreto 260/007 de 23 de julio de 2007.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 En los pliegos de condiciones generales o particulares relativos a las
compras que realice el Estado de productos comprendidos en el artículo 1°
del Decreto 260/007 de 23 de julio de 2007, se deberá incluir la exigencia
a los proveedores de estar inscriptos en el registro que lleva la DINAMA y
contar o adherir a un plan de gestión de residuos de envases aprobados por
el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, ya
se trate de productos nacionales o importados.

Artículo 2

 Igual requisito se exigirá para los casos de compra directa o demás modos
de adquirir que utilicen los organismos del Estado.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSE MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - PEDRO BUONOMO - LUIS ROSADILLA - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - EDUARDO BRENTA - DANIEL OLESKER - TABARE AGUERRE - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARIA VIGNOLI
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