{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "315" 
  ,"anioNorma" : 1996 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA. INCISO 12. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1996/08/21/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/08/1996" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/08/1996" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1996 
  ,"pagina" : 180 
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  ,"vistos" : "   Visto: lo establecido en las resoluciones ministeriales No. 75/96 de 22\r\nde febrero de 1996 y Nro. 139 de fecha 11 de abril de 1996;\r\n\r\n  Considerando: I) que la Ley de Presupuesto Nacional No. 16.736 de 5 de\r\nenero de 1996 estableció una nueva estructura de programas presupuestales\r\ndel Inciso 12 Ministerio de Salud Pública, cometiéndole a dicha Secretaría\r\nde Estado el proyectar la nueva estructura orgánica y escalafonaria de sus\r\nprogramas y unidades ejecutoras (artículo 390) y asimismo, estableció la\r\nobligación de todos los Incisos 02 al 14 a definir su estructura\r\norganizativa interna de acuerdo a las pautas que estableció la misma Ley\r\nen sus artículos 709 al 731;\r\n\r\nII) que en ejecución de lo establecido en dichos artículos 709 a 731 de la\r\nLey mencionada, el Poder Ejecutivo mediante Decreto 186/96 de 16 de mayo\r\nde 1996 autorizó al Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, creado\r\npor el artículo 703 de dicha norma legal, a fijar los criterios técnicos y\r\nlas instrucciones \"para que los Incisos eleven para su aprobación los\r\nproyectos de estructura organizativa\" (inciso segundo del artículo 709);\r\n\r\nIII) que desde que los programas presupuestales 001 al 008 del Inciso 12\r\nfueron establecidos específicamente por Ley (inciso primero del artículo\r\n390) las resoluciones ministeriales mencionadas en el Visto han aplicado\r\nla estructura programática aprobada por los incisos primero y segundo del\r\ntexto legal relacionado;\r\n\r\nIV) que en cada una de las oportunidades mencionadas en el Visto se ha\r\ninformado al Comité Ejecutivo de Reforma del Estado de la nueva estructura\r\norgánica del Ministerio de Salud Pública, sin haberse realizado\r\nobservaciones al respecto;\r\n\r\nV) que la nueva reglamentación de lo establecido en los artículos 709 a\r\n731 de la Ley de  Presupuesto Nacional hace incompatible la vigencia de lo\r\ndispuesto por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto Nº 97/996 de 19 de\r\nmarzo de 1996, por lo que correseponde su derogación;\r\n\r\nVI) que es procedente que el Poder Ejecutivo apruebe la estructura\r\norgánica para los programas 001 a 008 del Inciso 12 Ministerio de Salud\r\nPública sin perjuicio de que la correspondiente estructura escalafonaria\r\nsea considerada una vez emitido el pronunciamiento del Comité Ejecutivo\r\npara la Reforma del Estado;\r\n\r\nVII) que es competencia del Poder Ejecutivo determinar las estructuras\r\norganizativas proyectadas, como en este caso, para sus Secretarías de\r\nEstado;\r\n\r\nVIII) que sin perjuicio de lo establecido en el numeral anterior procede\r\nremitir a la Asamblea General la nueva estructura orgánica y, en su caso,\r\nla escalafonaria del Ministerio de Salud Pública, en cumplimiento de lo\r\ndispuesto por el inciso tercero del artículo 390 de la Ley Nº 16.736;\r\n\r\n  Atento: a lo expuesto;\r\n\r\n                    El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-1996/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase la estructura orgánica de los programas 001 al 008 del Inciso\r\n12 Ministerio de Salud Pública conforme fuera proyectada por dicha\r\nSecretaría de Estado en las resoluciones ministeriales mencionadas en el\r\nVisto, según se detalla en Anexo a este Decreto que se considera formando parte del mismo. \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/315-1996/4\" >Texto/imagen</a> (Anexo).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-1996/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Derógase lo dispuesto en el Decreto Nº 97/996 de 19 de marzo de 1996.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-1996/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Remítase a la Asamblea General la nueva estructura orgánica de los\r\nprogramas 001 al 008 del Ministerio de Salud Pública, señalando que una\r\nvez definida la nueva estructura escalafonaria dentro de los plazos y\r\nreglamentaciones establecidos por el Comité Ejecutivo para la Reforma del\r\nEstado se remitirá la misma al Poder Legislativo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/315-1996/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - ALFREDO SOLARI\r\n " 
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