ACUERDOS INTERNACIONALES. DEUDA EXTERNA




Promulgación: 13/04/1988
Publicación: 15/06/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 362
Derogada/o por: Decreto Nº 109/991 de 27/02/1991 artículo 10.
    Visto: el acuerdo de refinanciación celebrado por el Banco Central del
Uruguay, la República Oriental del Uruguay y varios organismos estatales.

   Resultando: I) Que el 4 de marzo de 1988 entre el Banco Central del
Uruguay, la República Oriental del Uruguay y varios organismos estatales
se firmó con diversas entidades de la comunidad financiera internacional,
un acuerdo de refinanciación de la deuda externa del País.

   II) Que el acuerdo de referencia, conforme a las cláusulas en él
incluidas, ha entrado en vigor el 30 de marzo de 1988.

   Considerando: que en virtud a los términos del acuerdo de referencia
del corriente año, se hace necesario extender al mismo los efectos del
decreto 797/987 de 30 de diciembre de 1987.

   Atento: a lo expuesto precedentemente,

                         El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 315/988 de 13/04/1988 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 315/988 de 13/04/1988 artículo 2.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - LUIS BARRIOS TASSANO - JORGE
PRESNO HARAN - PEDRO BONINO GARMENDIA - JOSE VILLAR GOMEZ
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