Visto: la gestión iniciada por el Comando General del Ejército a efectos
de disponer el cese del Servicio de Inspección de los Cursos de
Instrucción Primaria, creado por decreto s/n de fecha 14 de febrero de
1923.
Considerando: I) Que el índice de analfabetos que ingresa al Ejército,
debido al ascendente proceso de alfabetización seguido por el país, es en
la actualidad prácticamente nulo;
II) Que no resulta necesaria en las actuales circunstancias la
subsistencia del Servicio de Inspección de los Cursos de Instrucción
Primaria creado por decreto del Poder Ejecutivo de fecha 14 de febrero de
1923.
Atento: al informe favorable de Asesor Letrado del Ministerio de Defensa
Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Derógase el decreto de fecha 14 de febrero de 1923, sus concordantes y
modificativos, referente al Servicio de Inspección de los Cursos de
Instrucción Primaria que se imparten en el ámbito del Ejército.
El actual Inspector de Instrucción Primaria del Ejército continuará
cumpliendo funciones de asesoramiento de su especialidad en el Estado
Mayor del Ejército.
No se harán nuevos nombramientos de maestros de Instrucción Primaria en
el Ejército. Cuando surjan necesidades de empleo de maestros de
Instrucción Primaria, se realizarán contrataciones por períodos anuales
que podrían renovarse, acorde a disposiciones del artículo 77 de la Ley
Orgánica de las Fuerzas Armadas 14.157.
(Transitorio). Los maestros actualmente cumpliendo funciones podrán
continuar en sus cargos hasta tanto hayan computado el máximo de años de
servicio o alcanzado la edad límite para retiro.