MODIFICACION DE LA ASIGNACION POR PRIMA TECNICA PARA EL PERSONAL SUBALTERNO DE DISTINTOS PROGRAMAS




Promulgación: 05/06/1979
Publicación: 25/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1755
Visto: la gestión promovida por la Junta de Comandantes en Jefe, a los
efectos de modificar el decreto 922/975 de fecha de 1º de diciembre de
1975, en donde se establece la asignación por prima técnica para el
Personal Subalterno de los Programas 3.02 "Ejército", 3.03 "Marina Armada
Nacional" y 3.04 "Fuerza Aérea".

Considerando: I) Que la aplicación de la actual reglamentación no asegura
la retención en filas de personal calificado;

II) Que las bajas por mejoras de sueldo se han acrecentado en perjuicio de
la eficiencia mínima deseable en las reparticiones del Ejército y la
Armada;

III) Que el aliciente económico a obtener por el personal calificado, cuya
especialización demanda inversiones considerables tanto del Ejército y
Armada como personales, cuando la misma es previa a su ingreso, no
incentiva al personal en la medida deseable, ya sea para ingresar o
permanecer en filas;

IV) Que la modificación propuesta, sin significar un aumento considerable
en las erogaciones totales, tiende a solucionar las deficiencias
expresadas.

Atento: al informe favorable de la Dirección Financiero Contable y al
dictamen del Asesor Letrado del Ministerio de Defensa Nacional,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 922/975 de 01/12/1975 
artículos 1 - 1 literales a) y b), 1 - 2 y 1 - 3.

Artículo 2

  La aplicación del presente decreto se hará efectiva a partir del día 1º
de julio de 1979.

Artículo 3

  Comuníquese, publíquese y archívese.

MENDEZ - WALTER RAVENNA
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