{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "312" 
  ,"anioNorma" : 2001 
  ,"nombreNorma" : "CORRECCION DE CARGOS Y CONTRATOS DE FUNCION PUBLICA DEL PODER JUDICIAL\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2001/08/14/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/08/2001" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/08/2001" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2001 
  ,"pagina" : 342 
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  ,"vistos" : " VISTO: la gestión iniciada por la Suprema Corte de Justicia solicitando \r\nefectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron \r\nen los artículos 452º y 453º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de \r\n2001.-\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el artículo 452º de la Ley Nº 17.296, citada, crea \r\nalgunos cargos en el Inciso 16 \"Poder Judicial\", entre los cuales se \r\nincluye el de \"Mediadores\", en el Escalafón IV.-\r\n\r\nII) que por omisión no se incluyó el grado que corresponde al cargo \r\nmencionado.-\r\n\r\nIII) que el artículo 453º de la referida Ley, crea el Escalafón R del \r\nPoder Judicial, que comprende los cargos y contratos de función pública \r\nasignados a la División Informática.-\r\n\r\nIV) que en dicho artículo se hace mención a los Anexos I y II, que \r\ncomprenderían la Escala de Sueldos correspondiente a ese Escalafón y la \r\ncreación por año de los referidos cargos y funciones, los que por omisión \r\nno se incluyeron en el texto legal.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar la corrección de los referidos \r\nerrores y omisiones.-\r\n\r\nII) que se verificó, de acuerdo al costeo de las creaciones realizadas \r\nreflejado en el planillado anexo a la Ley, que corresponde asignar el \r\nGrado 11 a los cargos de Mediadores.-\r\n\r\nIII) que si bien el crédito correspondiente a los cargos y contratos de \r\nfunción pública del Escalafón R se reflejaron en el planillado anexo a la \r\nLey, no así la cantidad anual que se crearía y su escala de sueldos por \r\nlo que se estima pertinente la inclusión de los anexos mencionados.-\r\n\r\nATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la \r\nContaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la \r\nLey Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/312-2001/1" 
 ,"textoArticulo" : " (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo agregó a:</font></b> Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/17296-2001/452\" >452</a> inciso \r\nfinal.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/312-2001/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Inclúyese en la redacción del artículo 453º de la Ley Nº 17.296, de 21 \r\nde febrero de 2001, los anexos I y II que se detallan en planilla adjunta \r\nque forma parte del presente Decreto.-\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/312-2001/4\" >Texto/imagen</a> (anexos I y II).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/312-2001/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Dese cuenta a la Asamblea General.-\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/312-2001/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - ALBERTO BENSION\r\n\r\n\r\n " 
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