Capítulo VII.
De los Centros de Formación y Entrenamiento.
Artículo 1-89
Artículo 89. Los títulos y certificados expedidos por los Centros de
Formación y Entrenamiento se adecuarán completamente los requerimientos
del Convenio STCW correspondiente y de la Dirección Registral y de Marina
Mercante.