APROBACION DE LA REGLAMENTACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACION TITULACION Y GUARDIA PARA LA GENTE DEL MAR




Promulgación: 06/07/2009
Publicación: 20/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 29
Referencias a toda la norma

Capítulo V.
Competencia específica en la operación de determinado tipo de buques.

Artículo 1-61

Artículo 61. Los artículos del presente capítulo corresponden al Convenio
STCW´95. En aquellos casos en que existan dudas en cuanto a su
aplicabilidad, la Autoridad Marítima adoptará los criterios de adecuación
técnica que estime más apropiados en base al tipo de buque, navegación,
actividad, tripulación y niveles de formación, tendientes a mantener e
incrementar los estándares nacionales en materia de seguridad marítima y
prevención de la contaminación al medio ambiente. Con idéntico fin,
desarrollará los criterios de adecuación de este Capítulo para todos los
buques de la matrícula nacional.
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