APROBACION DE LA REGLAMENTACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACION TITULACION Y GUARDIA PARA LA GENTE DEL MAR




Promulgación: 06/07/2009
Publicación: 20/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 29
Referencias a toda la norma

Capítulo IV.
Titulación.
Requerimientos.

Artículo 1-35

Artículo 35. Los Títulos, Patentes, Refrendos y documentación nacional
estarán en correspondencia entre sí y adecuados a lo previsto en el
Convenio respectivo, destacando la habilitación específica y las
limitaciones del titular. La Dirección Registral y de Marina Mercante
adecuará mediante Circular, los criterios de interpretación y equivalencia
al respecto, tomando como base las exigencias del Convenio STCW
correspondiente, para el caso de que los mismos no hayan sido contemplados
en el presente Decreto.
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