APROBACION DE LA REGLAMENTACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACION TITULACION Y GUARDIA PARA LA GENTE DEL MAR




Promulgación: 06/07/2009
Publicación: 20/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 29
Referencias a toda la norma

Capítulo IV.
Titulación.
Requerimientos.

Artículo 1-20

Artículo 20. A partir de la vigencia del presente Decreto, los Títulos de
Formación o Certificados de Entrenamiento respecto de cursos o programas
correspondientes con los requerimientos del Convenio STCW´78 requieren de
ser sometidos al proceso de reválida para que, aceptados por la Autoridad
Marítima, sirvan de base a titulación en correspondencia con el SCTW´95 y
STCW-F´95.
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