APROBACION DE LA REGLAMENTACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACION TITULACION Y GUARDIA PARA LA GENTE DEL MAR




Promulgación: 06/07/2009
Publicación: 20/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 29
Referencias a toda la norma

Capítulo XI.
Disposiciones Complementarias.

Artículo 1-114

Artículo 114. Transitoriamente y hasta tanto la Unidad Coordinadora no se
constituya plenamente, la Dirección Registral y de Marina Mercante
verificará y controlará, en lo referente a la titulación de la Gente de
Mar, así como en las cuestiones relacionadas con la aplicación,
interpretación y cumplimiento del presente Decreto, pudiendo recabar el
asesoramiento que estime necesario.
Ayuda