Trasposiciones de rubros en el presupuesto de inversiones.
-Las trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, así como las modificaciones entre componente nacional e importado, serán autorizadas por el jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los diez días subsiguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien deberá en igual plazo comunicar al Tribunal de Cuentas. Igual trámite se deberá cumplir en el caso de las trasposiciones entre rubros de un mismo proyecto.
-Las trasposiciones de asignaciones entre proyectos de distintos programas y las modificaciones en las fuentes de financiamiento, deberán ser autorizadas por el Poder Ejecutivo previo informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Tribunal de Cuentas.
-Las solicitudes de modificación del plan de inversiones previstas precedentemente, deberán ser solicitadas en forma fundada por el jerarca del Organismo y deberán incluir la información sobre cualquier cambio a operar en los siguientes elementos de los proyectos a modificar:
a) Asignación por rubros.
b) Componente nacional e importado.
c) Fuentes de Financiamiento.
-En el caso de incorporación de un nuevo proyecto, se deberá remitir además su descripción completa de acuerdo a las instrucciones impartidas por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a los efectos de la formulación del Plan de Inversiones Públicas.
-Los proyectos cuyas asignaciones hayan sido utilizadas total o parcialmente como reforzantes de otros proyectos, no podrán ser reforzados posteriormente.
Asimismo, los proyectos que hayan sido reforzados, no podrán ser utilizados como reforzantes.