Reglamentario/a de: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 265.
SECCION II
UNIDADES DEL SISTEMA CAPITULO II
DE LA UNIDAD ASISTENCIAL (SAME)
Artículo 8
Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME). El Sistema de Atención
Médica de Emergencia comprende un Centro de Coordinación a Nivel Nacional
de la Red de Prestadores Integrales Públicos y Privados que integran el
Sistema Nacional Integrado de Salud, los servicios de Emergencia médico
Móvil Terrestre y Aéreo que cumplan con las condiciones determinadas por
el Sistema Nacional Integrado de Emergencias y Traslados y organizados en
base a redes de asistencia específica.