Reglamentario/a de: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 265.
SECCION II
UNIDADES DEL SISTEMA CAPITULO II
DE LA UNIDAD ASISTENCIAL (SAME)
Artículo 13
Recursos del Sistema Nacional Integrado de Emergencias y Traslados -
Sistema de Atención Médica de Emergencias.- Serán recursos del Sistema
aquellos derivados de las asignaciones presupuestales, partidas
extrapresupuestales, donaciones y colaboraciones de Instituciones
nacionales y/o internacionales, así como los fondos provenientes de
diversas fuentes que apunten al fin propuesto.