REGLAMENTACION DEL ART. 265 DE LA LEY 19.149 RELATIVO AL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE EMERGENCIAS Y TRASLADOS




Promulgación: 23/10/2014
Publicación: 29/10/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 801
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 265.

SECCION II
UNIDADES DEL SISTEMA
CAPITULO II DE LA UNIDAD ASISTENCIAL (SAME)

Artículo 11

 Sistema de Radio - Operaciones de Emergencia.- Se realizarán las acciones
al más alto nivel y con la participación del Sistema Nacional Integrado de
Emergencias y Traslados, a los efectos de unificar y/o interconectar las
Centrales de Radiocomunicaciones de Emergencia del Ministerio del Interior
(Centro de Comando Unificado 9.1.1.), de los CECOED-SINAE, Centro de
Operaciones Aéreas de la Fuerza Aérea Uruguaya, Centro de Operaciones de
la Armada Nacional y de la Administración de los Servicios de Salud del
Estado.
Ayuda