{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "309" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION A LA DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL A FIRMAR ACUERDO BILATERAL DE TRANSPORTE AEREO COMERCIAL CON EL REINO DE LOS PAISES BAJOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/06/22/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/05/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/06/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 1658 
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  ,"vistos" : "   Visto: estos antecedentes por los cuales el Comando General de la Fuerza\r\nAérea comunica que la Dirección General de Aviación Civil solicita\r\nautorización para firmar el nuevo Acuerdo Bilateral de Transporte Aéreo\r\nComercial, en nombre del Gobierno de la República Oriental del Uruguay y\r\nel Reino de los Países Bajos.\r\n\r\n  Resultando: que las delegaciones de ambos países se comprometieron a\r\nelevar los textos convenidos a sus respectivos Gobiernos para su\r\naprobación y posterior firma si procediera.\r\n\r\n  Considerando: I) Que el Comando General de la Fuerza Aérea con el\r\nasesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica, aprueba lo\r\nactuado por la Delegación Uruguay y aconseja la firma del nuevo Acuerdo\r\nBilateral de Transporte Aéreo Comercial entre los Gobiernos de la\r\nRepública Oriental del Uruguay y el Reino de los Países Bajos, rubricado\r\nen Montevideo el día 30 de enero de 1979 y que sustituirá al firmado en\r\nMontevideo el 12 de mayo de 1947;\r\n\r\n  II) Que en el texto convenido se ha cumplido con lo preceptuado en el\r\nartículo 1º de la ley 14.845, del 24 de noviembre de 1978 y en el Capítulo\r\nII de las Normas de Política Aeronáutica, aprobadas por decreto 325/974,\r\ndel 26 de abril de 1974, y se ha procedido conforme al artículo 13 de las\r\nmismas, lo que resulta del Anexo Confidencial.\r\n\r\n  Atento: al informe favorable del Asesor Letrado del Ministerio de\r\nDefensa Nacional,\r\n\r\n                   El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/309-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase a la Dirección General de Aviación Civil a firmar en nombre\r\ndel Gobierno de la República Oriental del Uruguay, el nuevo Acuerdo\r\nBilateral de Transporte Aéreo Comercial con el Gobierno del Reino de los\r\nPaíses Bajos, rubricado en la ciudad de Montevideo el día 30 de enero de\r\n1979 y que sustituirá al firmado también en Montevideo el 12 de mayo de\r\n1947 (Artículo XXI inciso 2º).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/309-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a\r\nsus efectos.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " MENDEZ - WALTER RAVENNA - ADOLFO FOLLE MARTINEZ\r\n " 
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