CAPÍTULO VI - PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Sección única - Beneficio para la contratación de personas con discapacidad en situación de desempleo
Artículo 61
(Ámbito subjetivo) Comprende a personas mayores de 15 años de edad, con discapacidad, en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 meses en los 24 meses previos a la contratación.
Las personas con discapacidad deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social (Artículo 486 de la Ley N° 19.924).