REGLAMENTACION DE LA LEY 19.973, RELATIVA AL DESARROLLO DE POLITICAS ACTIVAS DE EMPLEO




Promulgación: 10/09/2021
Publicación: 22/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.973 de 13/08/2021.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO V - PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS
Sección primera - Beneficio para la contratación de trabajadores mayores de 45 años en situación de desempleo

Artículo 55

   (Subsidio para empresas) Las Empresas que contraten trabajadores mayores de 45 años bajo esta modalidad gozarán de un subsidio de $ 7.000 (siete mil pesos uruguayos) mensuales en el caso de contratar trabajadores varones y de $ 8.000 (ocho mil pesos uruguayos) mensuales en el caso de contratar trabajadoras mujeres. Si el trabajador o trabajadora tuviera personas a su cargo, el subsidio será de $ 9.000 (nueve mil pesos uruguayos) mensuales.
   Los montos establecidos anteriormente se aplicarán a la contratación en régimen de jornada laboral completa. Si la jornada laboral es inferior a la carga horaria máxima según corresponda al sector de actividad, el subsidio será de $ 3500 (tres mil quinientos pesos uruguayos) mensuales en el caso de contratar varones, de $ 4000 (cuatro mil pesos uruguayos) en el caso de contratar mujeres y de $ 4500 (cuatro mil quinientos pesos uruguayos) en el caso de contratar trabajadores con personas menores o personas mayores con discapacidad a su cargo. El valor de los montos será actualizado al 1° de enero de cada año por el Índice Medio de Salarios.

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