CAPÍTULO V - PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS Sección primera - Beneficio para la contratación de trabajadores mayores de 45 años en situación de desempleo
Artículo 53
(Ámbito subjetivo) Comprende a personas mayores de 45 años en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 meses en los 24 meses previos a la contratación.
A efectos de dicho cómputo, no se tomarán en cuenta los aportes realizados en el marco de la participación en programas de trabajo protegido establecidos en la Ley N° 18.240, de 27 de diciembre de 2007, ni del Programa de Oportunidad Laboral creado por Ley N° 19.952, de 20 de mayo de 2021.