CAPÍTULO III - MODALIDADES DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA LOS JÓVENES EN EL SECTOR PRIVADO Sección segunda - Subsidio Temporal para la contratación de jóvenes desempleados
Artículo 20
(Definición) Se entiende por contrato de subsidio temporal al empleo de jóvenes desempleados aquel a través del cual las empresas contraten como nuevos trabajadores, a jóvenes en situación de desempleo.