REGLAMENTACION DE LA LEY 19.973, RELATIVA AL DESARROLLO DE POLITICAS ACTIVAS DE EMPLEO




Promulgación: 10/09/2021
Publicación: 22/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.973 de 13/08/2021.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO II - PROGRAMAS DE PROMOCIÓN AL EMPLEO EN EL SECTOR PRIVADO
Sección Única - Condiciones generales

Artículo 17

   (Cantidad de contrataciones por beneficiario) Los beneficiarios podrán ser contratados a través de los programas de promoción establecidos en la presente reglamentación por una sola vez.
   Por petición de parte, mediante nota fundada, la Dirección Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social podrá autorizar otras contrataciones, por la misma modalidad o por una distinta, exclusivamente por otra empresa, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la presente reglamentación.
   La posibilidad de una segunda contratación no podrá realizarse por una empresa distinta cuando todos o parte de sus titulares coincidan con la empresa empleadora en el primer contrato. Tampoco podrá tratarse de una transformación de la empresa inicialmente empleadora.

                               
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