{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "308" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL ART. 2 DEL DECRETO 231/007 RELATIVO AL IMPUESTO A LAS COMISIONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
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    ,"fechaPromulgacion" : "24/06/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/07/2008" 
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  ,"vistos" : " VISTO: lo dispuesto por el Decreto No. 231/007, de fecha 29 de junio de\r\n2007.\r\n\r\nRESULTANDO: que mediante el mismo se fijan las alícuotas aplicables por\r\nconcepto de comisión sobre importaciones que recauda el Banco de la\r\nRepública Oriental del Uruguay y tasa consular al valor CIF de los bienes\r\nimportados a partir del 1º de julio de 2007.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que por el artículo 2º de dicho Decreto se estableció que\r\nlas alícuotas de la tasa consular establecidas, regirían hasta el 30 de\r\njunio de 2008 y el 31 de diciembre de 2008, respectivamente.\r\n\r\nII) conveniente prorrogar las mismas hasta el 30 de junio de 2009 y 31 de\r\ndiciembre de 2009, respectivamente.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 37 de la Ley Nº\r\n17.453, de 28 de febrero de 2002.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 231/007 de 29/06/2007 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/231-2007/2\" >2</a>.\r\n" 
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  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - MARIO BERGARA - GONZALO FERNANDEZ - DANIEL MARTINEZ -\r\nANDRES BERTERRECHE\r\n " 
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