{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "307" 
  ,"anioNorma" : 1986 
  ,"nombreNorma" : "REESTRUCUTRA ORGANICA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1986/07/22/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/04/1986" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/07/1986" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1986 
  ,"pagina" : 728 
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  ,"vistos" : "  Visto: el recurso de revocación interpuesto por el Director de\r\nDivisión Relaciones Internacionales Escalafón AcC, Grado E.5 de esta\r\nSecretaría de Estado señor Rodolfo Scaffo, contra el decreto del Poder\r\nEjecutivo de 13 de agosto de 1984, publicado en el Diario Oficial Nº\r\n21.799 de 30 de agosto de 1984.\r\n\r\n Resultando: que por el mismo, se implementó la reestructura\r\npresupuestal y racionalización administrativa del Ministerio de Trabajo y\r\nSeguridad Social, agraviándose el recurrente en razón de que en dicha\r\nreestructura, se creó entre otros, un cargo de Director de División de\r\nRelaciones Internacionales Abogado, Escalafón AaA, Grado E.5 que duplicó\r\nel cargo del cual es titular.\r\n\r\n Considerando: I) Que la Administración no puede aplicar reglas de\r\nevidente ontología estatutaria con propósito de regular situaciones de\r\nhecho que estén reñidas con normas constitucionales (Art. 59 de la\r\nConstitución de la República) y con las directivas trazadas por la teoría\r\nde la Organización Administrativa;\r\n\r\n II) Que yuxtaponer funciones no sólo quebranta la unidad de mando,\r\nsino que distorsiona la necesaria delimitación de cometidos que facilitan\r\nla toma de decisiones y la relación de un Director con su personal\r\nsubordinado, posiciones que son ratificadas por la Oficina de\r\nPlaneamiento y Presupuesto que ha observado sobre el inconveniente que\r\nsignifica la duplicación de Jefatura y responsabilidad (Fs. 18-19);\r\n\r\n III) Que es conocido que la duplicidad de Direcciones en un mismo\r\nServicio, plantea efectos negativos tanto en la relación funcional\r\n(vínculo del individuo y la entidad estatal) como en la relación\r\norgánica, en su doble imputación (interorgánica en el plano interno de\r\nactividad del funcionario e intersubjetiva, en el plano externo, entre el\r\nente y los sujetos extraños a él);\r\n\r\n IV) Que en mérito a lo expresado y debiéndose mantener el imperio de\r\nla legalidad y justicia corresponde acceder a lo impetrado por el\r\nrecurrente, revocando el decreto en lo que hace referencia a la creación\r\ndel cargo de Dirección de División Relaciones Internacionales Abogado\r\nEscalafón AaA, Grado E.5.\r\n\r\n Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en el artículo\r\n59 de la Constitución de la República y a lo dictaminado por la Sala de\r\nAbogados del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en fecha 10 de\r\njunio de 1985 (Dictamen Nº 51/985),\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA: " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/307-1986/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Revócase la Reestructura y Racionalización Administrativa del Inciso\r\n13, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en lo que respecta a la\r\ncreación del Cargo de Director de División Relaciones Internacionales\r\nAbogado, Escalafón AaA, Grado Extra 5, en el Programa 1.01 \"Administración\r\nGeneral\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/307-1986/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc\r\n " 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - LUIS MOSCA\r\n " 
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