{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "306" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "COMISION HONORARIA ADMINISTRADORA DEL FONDO DE FOMENTO A LA PRENSA DEL\r\nINTERIOR\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/06/10/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "01/06/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/06/1977" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1977 
  ,"pagina" : 1130 
  } 
  ,"vistos" : "      Visto: la gestión de la Comisión Honoraria Administradora del Fondo\r\nde Fomento de la Prensa del Interior, solicitando se determine el total a\r\ndistribuir por concepto del subsidio correspondiente al año 1976.\r\n\r\n     Considerando: que de acuerdo al artículo 563 de la ley 14.189 de 30\r\nde abril de 1974, el Poder Ejecutivo debe fijar anualmente la cantidad a\r\nutilizarse a los fines dispuestos por el artículo 62 de la ley 13.349 de\r\n29 de julio de 1965.\r\n\r\n     Atento: a lo informado por las Asesorías Económico-Financiera y\r\nTécnico-Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/306-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : " Fíjase en N$ 408.000.00 (cuatrocientos ocho mil nuevos pesos), el monto a\r\ndistribuir por la Comisión Honoraria Administradora del Fondo Fomento de\r\nla Prensa del Interior, correspondiente a subsidio por el año 1976.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/306-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La Comisión Honoraria Administradora del Fondo Fomento de la Prensa del\r\nInterior, deberá verter a Rentas Generales, el excedente de los fondos\r\ndepositados hasta el 31 de diciembre de 1976 y que existieran en la cuenta\r\nespecial \"Fondo Fomento de la Prensa del Interior\". (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 459/977 de 10/08/1977 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/459-1977/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 306/977 de 01/06/1977 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/306-1977/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/306-1977/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - LUIS H. MEYER\r\n " 
 }