MODIFICACIONES AL REGLAMENTO GENERAL (RG 29.1). REGLAMENTO DE ORDEN CERRADO Y FORMACIONES DEL EJERCITO (RG 29.1 RI 29.1). REGLAMENTO GENERAL (RG 29.4). REGLAMENTO DE UNIFORMES DEL EJERCITO (RG 29.4 RI 29.4). REGLAMENTO INTERNO (RI 23-1). REGLAMENTO INTERNO (RI 29.4)




Promulgación: 28/09/1999
Publicación: 07/10/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 878
VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General del Ejército
solicita el cambio de categoría de los Reglamentos de Orden Cerrado y
Formaciones y de Uniformes del Ejército.-

RESULTANDO: I) que el Reglamento de Orden Cerrado y Formaciones del
Ejército (R.G. 29-1) fue aprobado por el Decreto 558/990 de 6 de
diciembre de 1990, en la redacción modificativa dada por el Decreto
233/991 de 2 de mayo de 1991.-

II) que el Reglamento de Uniformes del Ejército (R.G. 29-4) fue aprobado
por el Decreto 686/991 de 17 de diciembre de 1991, en la redacción
modificativa dada por los Decretos 371/993 de 17 de agosto de 1993,
90/994 de 1ro. de marzo de 1994, 86/995 de 20 de febrero de 1995, 148/995
de 4 de abril de 1995, 33/996 de 6 de febrero de 1996, 331/996 de 27 de
agosto de 1996, 451/996 de 26 de noviembre de 1996, 516/996 de 30 de
diciembre de 1996, 362/997 de 7 de octubre de 1997, artículo 6to. del
Decreto 434/997 de 11 de noviembre de 1997, Decreto 448/997 de 25 de
noviembre de 1997, 70/998 de 17 de marzo de 1998, 129/998 de 19 de mayo
de 1998, 158/998 de 23 de junio de 1998, 208/998 de 3 de agosto de 1998,
345/998 de 24 de noviembre de 1998, 102/999 de 12 de abril de 1999 y
211/999 de 20 de julio de 1999.-

III) que por el Decreto 134/999 de 18 de mayo de 1999, se modificaron los
artículos 3ro. y 7mo. del Registro de Reglamentos del Ejército, aprobado
por el Decreto 644/974 de 13 de agosto de 1974, creándose la categoría de
"Reglamentos Internos" (R.I.).-

CONSIDERANDO: la conveniencia de establecer el cambio a la categoría de
reglamentos internos de los reglamentos generales mencionados, en virtud
de su contenido y su necesidad de adaptación permanente.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General del Ejército y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícanse la categoría y denominación de los Reglamentos que a
continuación se mencionan:(*)


(*)Notas:
Ver: Texto.

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
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