{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "305" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE LOS MONTOS DE MATERIALES IMPRESOS QUE EXPENDE LA\r\nDIRECCION COORDINACION Y CONTROL DE SALUD PUBLICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/09/30/14" 
    ,"fechaPromulgacion" : "01/07/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/09/1992" 
  ,"vistos" : "    Visto: que el artículo 6o. del Decreto del Poder Ejecutivo No. 194/983\r\nde 15 de junio de 1983 (Interno 198/983) establece diversos aranceles,\r\nentre los que se encuentran los atinentes a la Dirección Coordinación y\r\nControl del Ministerio de Salud Pública;\r\n\r\n   Considerando: I) que la División Química y Medicamentos de la citada\r\nDirección, expresa que los costos de impresión de los materiales que la\r\nmisma expende, son superiores a los fijados en los aranceles vigentes, por\r\nlo que solicita su actualización;\r\n\r\n   II) que la Dirección General de la Salud y la Comisión de Aranceles de\r\nla mencionada Secretaría de Estado manifiestan la conveniencia de proceder\r\na la modificación solicitada;\r\n\r\n   Atento: a lo establecido en el artículo 178 de la Ley No.13.737 de 9 de\r\nenero de 1969;\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/305-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifícase el artículo 6o. del Decreto del Poder Ejecutivo No. 194/983\r\nde 15 de junio de 1983 (Interna 198/983), en lo que tiene relación con los\r\nmontos de los aranceles de los materiales impresos que debe expender la\r\nDivisión Química y Medicamentos de la Dirección Coordinación y Control del\r\nMinisterio de Saluda Pública, los que pasan a tener los siguientes\r\nvalores:\r\n\r\nBlock recetario Sicofármaco                                  0.13 U.R.\r\nBlock recetario Estupefacientes                              0.30 U.R.\r\nLibreta de vales                                             0.23 U.R.\r\nLibro Estupefacientes                                        1.77 U.R.\r\n \r\n\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/305-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - CARLOS E. DELPIAZZO - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
 }