{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "305" 
  ,"anioNorma" : 1976 
  ,"nombreNorma" : "DEROGACION DE DETERMINADA AUTORIZACION DEL BCU EN LA EMISION DE LETRAS DE TESORERIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1976/06/10/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "03/06/1976" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/06/1976" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1976 
  ,"pagina" : 1182 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: el artículo 460º de la ley 13.640 de 26 de diciembre de 1967 y el\r\nartículo 7º de la ley 14.268 de 20 de setiembre de 1974, en materia de\r\nemisión de Letras de Tesorería.\r\n\r\nConsiderando: I) Por decreto 69/975 de 23 de enero de 1975, se autorizó la\r\nemisión por hasta N$ 100:000.000.00 (cien millones de nuevos pesos) de\r\nLetras de Tesorería con cargo a la autorización legal indicada en el\r\nVisto;\r\n\r\nII) Por decreto 1.004/975 de 29 de diciembre de 1975, se autorizó la\r\nemisión de la Serie Especial de por hasta N$ 80:000.000.00 (ochenta\r\nmillones de nuevos pesos), dentro de la suma autorizada por el decreto\r\nreferido en el considerando anterior;\r\n\r\nIII) Por decreto 237/976 de 6 de mayo de 1976, el Poder Ejecutivo autorizó\r\nal Banco Central a emitir una serie especial de Letras de Tesorería con\r\ncargo a la autorización legal referida en el Visto, por hasta\r\nN$ 20:000.000.00 (veinte millones de nuevos pesos) estableciendo\r\ncondiciones adecuadas para la utilización de dicha serie como instrumento\r\nde política monetaria;\r\n\r\nIV) No se considera oportuno que las condiciones de colocación,\r\nestablecidas en el decreto 69/975 de 23 de enero de 1975, puedan\r\ninterferir con la modalidad de la colocación autorizada por decreto\r\n237/976 de 6 de mayo de 1976.\r\n\r\nAtento: a lo expuesto,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/305-1976/1" 
 ,"textoArticulo" : " Derógase, a partir de la fecha del presente decreto, la autorización\r\nconferida al Banco Central del Uruguay para emitir Letras de Tesorería de\r\nacuerdo a las condiciones establecidas en el decreto de 23 de enero de\r\n1975, sin perjuicio de las que se emitan con cargo al decreto 1.004/975 de\r\n29 de diciembre de 1975.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/305-1976/2" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS\r\n " 
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